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 Guía del Pasajero

     Contacto en caso de Incidencia aérea

   

    Contacto en caso de incidencia aérea

    El Parlamento Europeo ha promulgado el Reglamento 996/2010 sobre investigación y prevención de accidentes en la aviación civil y en vigor desde 2 de Diciembre 2010.

    Desde ese día, la norma obliga a las compañías aéreas a solicitar a sus viajeros el nombre y teléfono de contacto de un familiar o allegado, a quien poder informar con rapidez sobre cualquier emergencia aérea que le afecte.

    En todos los casos es obligado para la compañía aérea ofrecer al pasajero la oportunidad de aportar estos datos(nombre y teléfono),pero en todo momento el pasajero es libre de indicarlo o no ya que no se trata de un dato obligatorio pero si recomendable.

    El precepto normativo prohíbe cualquier uso distinto de la información facilitada, la comunicación a terceros o su utilización con fines comerciales.


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